De caimanes y contratos: el costoso error que enfrentó a Prada con Caporicci en un arbitraje internacional

En el extravagante mundo del lujo, hasta los caimanes pueden ser motivo de una guerra legal. El caso Prada vs. Caporicci parece sacado de una novela de realismo mágico jurídico: una disputa internacional por la cría fallida de 15.000 crías de caimán terminó en un arbitraje bajo el reglamento CAM de Milán, donde quedó en evidencia cómo una sola cláusula mal redactada puede costar millones.

Los hechos son surrealistas, pero reales. Prada acordó con Caporicci —una empresa especializada en la cría de caimanes— la compra de todas las crías nacidas de los huevos adquiridos por esta última. Se estimaban 15.000 crías, con un precio fijo de 100 dólares por animal. El pago fue adelantado: 1.200.000 USD.

¿El problema? Caporicci solo entregó 4.487 crías vivas y se negó a devolver el excedente del anticipo. Pero el verdadero embrollo surgió de una cláusula aparentemente inocente del contrato:

“Se entiende que si las crías nacidas vivas son menores a 1200 unidades, Caporicci deberá reembolsar a Prada el excedente.”

¿Error tipográfico o cláusula deliberada?
Prada alegó que el número “1200” era un error evidente y que las partes siempre habían previsto 12.000 crías. Caporicci sostuvo que la cláusula era clara y que no había obligación de devolver nada si nacían más de 1200. El árbitro único, Andrew G. Paton, se enfrentó al dilema interpretativo.

El resultado fue contundente. Basado en la lógica comercial y el monto adelantado (coincidente con 12.000 crías x USD 100), el árbitro concluyó que el espíritu del contrato había sido violado. Se ordenó a Caporicci reembolsar la diferencia por las 7.513 crías faltantes, menos ciertos descuentos técnicos, además de cubrir la totalidad de los costos del arbitraje y 50.000 USD en honorarios legales a favor de Prada.

  • La ambigüedad contractual puede ser explotada como defensa, pero también puede ser desenmascarada por el sentido común jurídico.
  • Los tribunales arbitrales, aunque privados, deben acudir a normas de interpretación rigurosas, como hizo aquí el tribunal al aplicar el artículo 1433 del Código Civil italiano.
  • El arbitraje no es un refugio para el incumplimiento. Cuando se administra con criterios justos y arbitrales sólidos, puede ser un instrumento eficaz para corregir abusos o errores contractuales.

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